Quién sobrevive (y puede cobrar) ante la quiebra de un banco

Las fusiones y el rescate público evitaron la quiebra de los bancos españoles, pero en caso de que suceda, el impacto es distinto entre ahorradores e inversores

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La salud de Banco Popular es frágil. El banco tiene las opciones de ampliar su capital en 4.000 a 5.000 millones o buscar comprador, para lo que ya hay varios candidatos en liza. Muchos ahorristas se preocupan por el futuro de la entidad, aunque el banco se ha encargado de desmentir “categóricamente” los rumores sobre una posible quiebra en un hecho relevante enviado a la CNMV el pasado 11 de mayo.

Por lejana que parezca, la quiebra de un banco no es imposible. Por ejemplo, en 2008 Lehman Brothers se derrumbó y era el cuarto banco de inversión más grande de EEUU. En España, la crisis se ha saldado con un profundo proceso de reestructuración, donde el proceso de fusiones ha reducido de 45 a 12 los grupos bancarios. Por suerte este proceso -y las ayudas públicas- han evitado la caída de bancos, aunque los ahorristas de las entidades fusionadas han tenido que lidiar con varios inconvenientes, como el cambio del número de cuenta, la modificación de las condiciones de sus productos o los cambios de tarifas.

Pero la pregunta sigue en aire: ¿qué pasaría un banco quiebra? En este caso existe un protocolo de salvamento para intentar paliar los daños de los clientes y minimizar el coste para el contribuyente. Los pequeños ahorradores con depósitos de hasta 100.000 euros serían los menos perjudicados, ya que cuentan con una doble garantía: por un lado, están en la cima del orden de prioridades y, por el otro, cuentan con el amparo del Fondo de Garantía de Depósitos.

Los accionistas, los últimos en cobrar

La Ley 11/2015 especifica que en caso de quiebra de una entidad de crédito, “los accionistas o socios, según corresponda, de las entidades serán los primeros en soportar pérdidas”. Los siguientes serán los acreedores, los tenedores de participaciones preferentes y después estarían los titulares de deuda subordinada.

Los pequeños ahorradores con fondos de hasta 100.000 euros serían los menos perjudicados

Todos ellos serían los menos afortunados en caso de quiebra de una entidad, ya que antes hay un grupo de activos que ocupa los primeros puestos en el orden de prioridades. Cuentas y depósitos estarían en este primer grupo, sobre todo los de menos de 100.000 euros, que además cuentan con la garantía del FGD, junto con las cédulas hipotecarias, que también disfrutan de una protección adicional (las hipotecas), y la deuda senior.

En el caso de los depositantes, la cantidad límite de 100.000 euros no se tendrá en cuenta cuando el capital de los depósitos proceda de operaciones con bienes inmuebles residenciales de carácter privado, de pagos puntuales derivados del matrimonio, el divorcio, la jubilación, el despido, la invalidez o el fallecimiento, o del abono de prestaciones de seguros o indemnizaciones judiciales. En los casos anteriores, los plazos fijos quedarán garantizados (más allá de su importe) durante tres meses.

Cuánto tarda en pagar el Fondo de Garantía

El plazo fijado para reembolsar los importes garantizados es de siete días hábiles pero, este plazo de pago no entrará en vigor hasta enero de 2024. Hasta entonces, los plazos se irán reduciendo de forma gradual: 20 días hábiles hasta el 31 de diciembre de 2018; 15 entre enero de 2019 y finales de 2020; y 10 entre 2021 y diciembre de 2023.

Además, la disposición transitoria sexta del Real Decreto 2606/1996 señala que “hasta el 31 de diciembre de 2023, cuando el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito no pueda restituir el importe reembolsable en un plazo de siete días hábiles, pagará a los depositantes, en un plazo máximo de cinco días hábiles, un importe adecuado de sus depósitos para cubrir su sustento”. Lógicamente, el importe abonado se descontará del total a reembolsar.

¿Hay dinero suficiente?

Al cierre de 2016, el patrimonio neto del FGD español era de 1.597 millones de euros, incluyendo el superávit del ejercicio de casi 469 millones. El patrimonio acumulado del organismo se ha incrementado en un 56 % interanual (el ejercicio de 2015 se cerró con 1.022 millones). A 31 de diciembre de 2016, el porcentaje de cobertura era del 58,82 %.

La última gran actuación del fondo para con los depositantes ha sido el reembolso de los importes garantizados a los ahorradores de Banco Madrid, tras ser intervenido durante el primer trimestre de 2015. A finales del pasado año, el FGD había abonado ya un total de 122,69 millones de euros a los depositantes de la entidad, aunque la mayor parte, (118,97 millones), ya había sido devuelta al cierre de 2015. De forma que sólo quedan pendientes de pago poco más de tres millones que, según el propio organismo, no habían podido devolverse por diversas causas. 

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