Naufraga la demanda de 102 millones de Hierros Añón contra cargos del Pastor

La Audiencia Provincial exculpa al constructor Gómez Landeira y a dos empleados del Pastor de estafar a Manuel Añón en una operación inmobiliaria en Madrid

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La Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto al empresario Manuel Gómez Landeira, antiguo propietario de Conservera Celta, y a dos cargos del Banco Pastor de un delito de apropicación indebida y estafa. El empresario Manuel Añón, uno de los gallegos de Forbes con un patrimonio estimado en 400 millones de euros, se querelló contra ellos, asumiendo la Fiscalía la demanda y reclamando una indemnización de 102 millones a favor de Hierros Añón. De esta cuantía, los entonces cargos de la entidad financiera, el director de la oficina de los Cantones en A Coruña y el director regional de la entidad en la zona norte, eran responsables de 63 millones.

El empresario de A Laracha inició la ofensiva judicial tras perder una inversión de 63 millones destinada a la adquisición de terrenos en Madrid. La operación inmobiliaria se armó en las oficinas de Banco Pastor, con los dos cargos acusados como interlocutores. La Fiscalía los acusaba de aconsejar a Añón invertir en el ladrillo madrileño a través de las empresas de Gómez Landeira ocultando la insolvencia del constructor. La inyección se materializó a través de un préstamo participativo concedido por Añón, que el constructor utilizó para garantizar una póliza de crédito de 80 millones en la entidad financiera.

Banco Pastor es responsable civil subsidiario en la demanda de 102 millones presentada por Hierros Añón

Para el fiscal fue un timo millonario, pero para la Audiencia Provincial no. La Sala argumenta que no es posible considerar que inicialmente el empresario, puesto de acuerdo con los empleados acusados del Banco Pastor, tuviese la intención de no devolver la suma prestada por el propietario de la empresa Hierros Añón, “no concurriendo pues, y ni de lejos, el requisito del engaño bastante consustancial a todo delito de estafa determinante del negocio civil de préstamo concertado”.

Para el tribunal, que el constructor solicitase del Banco Pastor una póliza de crédito de 80 millones dejando como garantía prendataria los 63 millones de euros con los que Hierros Añón participaba en el negocio inmobiliario no constituye tampoco apropiación indebida.

Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo que, probablemente, Hierros Añón interpondrá. El litigio es también importante para Banco Pastor y, por ende, para el Popular, pues es responsable civil subsidiario. 

 

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